El Ayuntamiento de Mondariz Balneario se suma al programa provincial de fomento de la empleabilidad “Primera experiencia profesional” con el objetivo de facilitar que titulados universitarios y de ciclos superiores de FP puedan adquirir prácticas laborales que incluir en sus currículos. La Diputación de Pontevedra otorgó al Ayuntamiento una subvención al amparo de este plan con el objetivo de facilitar la primera experiencia laboral -requisito que demandan muchas empresas a la hora de contratar personal- a un/a titulado/a mediante un contrato formativo de 12 meses de duración.

La especialidad ofertada es una licenciatura en Derecho para dedicarse a tareas propias del puesto, colaborando en la realización de expedientes administrativos de todo tipo y atendiendo y asesorando a los administrados. El proyecto tiene uno coste de 20.168,40 euros, para cuya financiación se ha concedido una ayuda de 15.600 euros en el marco del Plan de Fomento de la Empleabilidad de la Diputación, y a los que el Ayuntamiento aportará los 4.568,40 restantes.

Requisitos de las personas aspirantes

Deben estar inscritas en el Servicio Público de Empleo como demandantes o en mejora de empleo.

El proceso de selección consistirá en la valoración de los méritos acreditados por las personas preseleccionadas por el Servicio Público de Empleo, y se llevará a cabo conforme a los siguientes criterios:

a) Expediente académico: hasta un máximo de 4,00 puntos, según la nota media calculada para las titulaciones universitarias por el Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre. En caso de que el promedio de alguna de las titulaciones convocadas no fuera calculada por las normas referidas o esta no se especifique se valorará con 0,00 puntos.
b) Por tener un doctorado relacionado con el contenido del puesto: 2,00 puntos.
c) Por cada título oficial de máster universitario o título propio de la universidad de máster relacionado con el contenido del puesto: 0,50 puntos cada uno, hasta un máximo de 1 punto.
d) Por poseer una titulación académica oficial distinta y relacionada con el puesto de trabajo que se va a desempeñar, de nivel igual o superior a la exigida para la formalización del contrato formativo: 0,50 puntos por título, hasta un máximo de 1 punto (en este apartado no se tendrán en cuenta las titulaciones de nivel inferior que sean necesarias para la obtención de otras de nivel superior ni las de máster o doctorado).
e) Por asistir a cursos de especialización, formación y perfeccionamiento organizados por centros oficiales dependientes de la Administración del Estado, de la comunidad autónoma o de la Administración local, universidades, colegios oficiales o escuelas de la Administración pública directamente relacionados con el puesto que se va a desempeñar (incluidos los organizados por sindicatos en el marco del Acuerdo nacional de formación continua): hasta un máximo de 2 puntos, que se computarán de la siguiente manera:

—— De más de 150 horas duración: 0,30 puntos por curso
—— De entre 100 y 150 horas de duración: 0,25 puntos por curso
—— De entre 60 y 99 horas de duración: 0,20 puntos por curso
—— De entre 30 y 59 horas de duración: 0,15 puntos por curso
—— De entre 10 y 29 horas de duración: 0,10 puntos por curso
—— Por acreditar el nivel de conocimiento de la lengua gallega con el Celga 3 en los puestos de ciclo superior o medio o 4 nos de licenciatura, grado o diplomatura: 0,50 puntos.

No se tendrán en cuenta los certificados o diplomas en los que no se especifique la duración del curso en número de horas o créditos. Tampoco se computarán las jornadas, congresos, seminarios o cursos de duración inferior a diez horas. El tribunal cualificador podrá requerirles a las personas aspirantes que acrediten la verificación de los extremos recogidos en la documentación presentada, además de cuantas precisiones estimen oportunas. Las personas candidatas que accedan con titulaciones de Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería (títulos pre-Boloña) que tengan un certificado de su correspondencia con el nivel 3 MECES (Marco español de calificación para la educación superior) tendrán una puntuación de 0,50 puntos, equivalente a un máster universitario.

El enlace a la web del Ministerio donde se publica el catálogo de titulaciones homologadas al nivel de máster es el siguiente:

http://www.culturaydeporty.gob.eres/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/educacion/gestiontitulos/estudios-universitarios/titulos-y spanoles/202058.html

En esta fase sólo se tendrán en cuenta los méritos que se justifiquen documentalmente en el día y en la hora que señale el ayuntamiento.

En el caso de empate entre las puntuaciones de las personas aspirantes el orden de prelación se determinará dándole preferencia a la mujer en aquellos casos en que se produzca una infrarrepresentación del sexo femenino, en los términos establecidos en el artículo 49 del Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero , por el que se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad. En caso de que el citado precepto no resulte aplicable o persista el empate tras su aplicación, se resolverá el empate en función de la nota media global del expediente académico y, de persistir este, por la puntuación alcanzada en los siguientes apartados.

Las puntuaciones otorgadas se publicarán en la sede electrónica o página web del ayuntamiento junto con la relación de candidaturas seleccionadas por orden decreciente para cada puesto de trabajo ofertado, y se indicarán las personas candidatas seleccionadas y las correspondientes suplentes.

Las personas candidatas podrán formular, ante el tribunal cualificador, las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de dos días hábiles, contados a partir del siguiente al de la suya publicación en la sed electrónica o página web.

Examinadas las alegaciones presentadas, el tribunal cualificador publicará la relación definitiva de personas candidatas, por orden de mayor a menor puntuación, con la correspondiente propuesta de contratación bajo la modalidad de contrato formativo, para cada puesto de trabajo ofertado.